miércoles, 20 de abril de 2011

Información extraida de la Transportation Security Administration americana

Extraido de su normativa. Podeis obtener el original (en ingles) del enlace adjunto.
"Por último, el puesto de control de TSA procedimientos de control de seguridad para las personas con discapacidad y,condiciones médicas no han cambiado como consecuencia de la situación actual de la amenaza. Todos los equipos relacionados con la discapacidad, ayudas y dispositivos de seguir permitiendo que a través de la seguridad puestos de control una vez autorizada mediante el cribado.

Artículos de la Discapacidad y relacionadas con la medicina permite más allá del punto de control incluyen:
sillas de ruedas, scooters, muletas, bastones, andadores, prótesis, yesos, aparatos de apoyo;
aparatos de apoyo, los animales de servicio, y cualquier y todos los medicamentos relacionados con la diabetes, el equipo,y suministros; zapatos ortopédicos; exterior dispositivos médicos, equipos de asistencia / adaptación;dispositivos de aumento, materiales de ostomía, medicamentos y materiales asociados; audiencia
ayudas, los implantes cocleares, herramientas para la silla de ruedas de montaje y desmontaje; personales
suplementario de oxígeno, máquinas de CPAP; respiradores; C02 concentradores de oxígeno personal;
monitores de apnea del bebé; instituciones de Braille en cuenta, herramientas para la prótesis; pizarra y lápiz;
y cualquier otro equipo relacionado con la discapacidad y los consumibles."

Normativa TSA

Normativa de la Transportation Security Administration

He bajado esta información de la pagina oficial de la "Transportation Security Administration" - Muy Interesante !!

"Uno de los objetivos principales de la Administración de Seguridad en el Transporte (TSA) es proporcionar el máximo nivel de servicio de seguridad y de clientes a todos los que pasan por los controles aduaneros . Nuestras políticas y procedimientos actuales se centran en garantizar que todos los pasajeros, independientemente de su situación personal y necesidades, son tratados con igualdad y la dignidad, el respeto y la cortesía que se merecen. Aunque cada persona y el tema deben ser examinados antes de entrar en cada área de embarque.

Para lograr este objetivo, la TSA ha establecido un programa para la detección de las personas con discapacidad y sus equipos asociados, ayudas para la movilidad y dispositivos. Nuestro programa cubre todas las categorías de discapacidades (movilidad, auditivas, visuales, y oculto). Como parte de ese programa, se estableció una coalición de más de 70 grupos relacionados con la discapacidad y las organizaciones que nos ayudan a entender las preocupaciones de las personas con discapacidades y condiciones médicas. Estos grupos han ayudado a la TSA con la integración de las necesidades únicas de las personas con discapacidad en las operaciones de nuestro aeropuerto.

Desde la prohibición inicial total de líquidos, geles y aerosoles entró en vigor el 10 de agosto, hemos aprendido lo suficiente de la investigación del Reino Unido para decir con confianza que las pequeñas, líquidos tamaño de viaje son seguros para que a través de los controles de seguridad en número limitado. Tenemos confianza en nuestras medidas de seguridad en todo el aeropuerto. Por lo tanto, los pasajeros pueden comprar bebidas en el área de abordaje segura y llevarlos a bordo de sus vuelos.

Los procedimientos de los puesto de control de TSA  para las personas con discapacidades y condiciones médicas no han cambiado como consecuencia de la situación actual de la amenaza. 

Todos los equipos relacionados con la discapacidad, ayudas y dispositivos se seguirá permitiendo que pasen a través de los controles de seguridad, una vez realizada de detección. Además, seguiremos para permitiendo los medicamentos liquidos prescritos por los doctores , así como otros líquidos que necesiten las personas con discapacidades y condiciones médicas especiales.

 Esto incluye:

  • Todos los medicamentos recetados y de venta libre (líquidos, geles y aerosoles)
  • El petróleo como jalea, gotas para los ojos, y la solución salina para uso médico
  • Los líquidos como agua, jugo o líquido o geles de nutrición para las personas con una discapacidad o condición médica
  •  De soporte de vida y prolongar la vida de líquidos, tales como la médula ósea, los productos sanguíneos y los órganos de trasplante
  •  Artículos usados ​​para aumentar el cuerpo por razones médicas o cosméticas tales como productos de la mastectomía, prótesis de senos, los sujetadores o conchas contienen gel, solución salina u otros líquidos, y, artículos congelados se permiten siempre y cuando estén congelados cuando se presenta para su revisión. Si los elementos se congelan parcialmente derretida, medio derretida, o cualquier líquido en la parte inferior del recipiente, deben cumplir con los requisitos de 3-1-1. Sin embargo, si los medicamentos líquidos en volúmenes más grandes de 3.4 onzas (100 ml) cada uno, no se puede colocar en la bolsa de un cuarto de galón y debe ser declarada al Oficial de Seguridad del Transporte. Una declaración puede hacerse verbalmente, por escrito, o por el compañero de una persona, médico, intérprete o miembro de la familia.
  • Admitida a medicamentos líquidos y otros líquidos para las discapacidades y las enfermedades que deben ser separados de todos los demás bienes presentados para la detección de rayos X. "


"Las cosas medicas que permite el control de seguridad incluyen:


  • Sillas de ruedas
  • Scooters
  • Muletas
  • Perros
  • Andadores
  • Prótesis
  • Los yesos
  • Apoyo llaves
  • Aparatos de apoyo
  • Servicio de animales
  • Apnea del bebé monitores
  • Zapatos ortopédicos
  • Exterior sanitarios
  • Auxiliares / equipo de adaptación
  • Aumento de dispositivos
  • Suministros de ostomía
  • Máquinas de CPAP y respiradores
  • Los audífonos
  • Implantes cocleares
  • Herramientas para la silla de ruedas de montaje y desmontaje
  • Oxígeno suplementario personal
  • CO2 concentradores de oxígeno personal
  • Herramientas para prótesis
  • Los medicamentos y materiales asociados
  • Braille para tomar notas
  • Pizarra y un punzón
  • Todas las relacionadas con la diabetes medicamentos, equipos y suministros
  • Cualquier otro equipo relacionado con la discapacidad y los consumibles"

Normativa de FFA americana

La FAA clasifica un CPAP con "ventiladores, respiradores y concentradores de oxígeno portátiles (POC)".

El  Departamento de Transporte (DOT)  exigen que los aviones con una capacidad de asientos de 19 o más debe permitir que los pasajeros con discapacidades a usar estos dispositivos.


Requisitos de aire - Transportistas:

Las compañías aéreas no están obligadas a ofrecer complementos para las máquinas de CPAP, o para proporcionar espacio adicional, como asiento adyacente para las máquinas durante el uso. La mayoría de las compañías aéreas no tienen en cuenta un CPAP o unidad médica como pieza única del permitido llevar equipaje de mano, pero esto puede variar, especialmente en las pequeñas aerolíneas regionales.

CPAP y requisitos POC .

El dispositivo médico debe cumplir con los requisitos de la FAA para dispositivos médicos electrónicos portátiles (M-PED). Para ello es necesario un etiquetado que confirma que el dispositivo no exceda de ciertos niveles de interferencia de radio frecuencia, que no contienen materiales peligrosos, y que cumple con la FAA designado requisitos de seguridad. A partir de la fecha de resolución, son pocos los equipos CPAP llevado a tal etiquetado. 

Los pasajeros con discapacidades deben consultar con el fabricante del equipo para asegurarse una unidad CPAP cumple con los niveles de frecuencia de radio interferencia y las normas de seguridad de la FAA.Departamento de Transporte de sentencia definitiva. 

El Departamento de Transporte de EE.UU. (US DOT) emitió un fallo final sobre 13 de mayo 2009 para abordar la utilización de un CPAP y POC. Sección 382.133 de la final de "La no discriminación por motivo de discapacidad en el transporte aéreo" requiere por lo general  que las compañías aéreas de la realización de servicios a los pasajeros para que una persona con una incapacidad para utilizar un aprobado por la FAA CPAP o POC. 

Las unidades médicas deben exhibir una etiqueta del fabricante indica que el dispositivo cumple los requisitos de la FAA.

Para embarcar un CPAP en las lineas areas norteamericanas

Según he visto en una pagina web la normativa de las lineas areas es la siguiente:

"Equipaje registrado:

Usted puede registrar una maleta gratis por pasajero cuando viaje en Estados Unidos, Islas Vírgenes de EE. UU. y Puerto Rico.* Si viaja fuera de Estados Unidos, puede registrar dos maletas sin cargo alguno.

Cada maleta deberá:
  • No exceder las 50 libras (22,5 kg).
  • No superar las 62 pulgadas (al sumar longitud + ancho + alto).
*A partir del 15 de junio de 2008, los clientes que compren boletos de Clase Económica en rutas domésticas deberán pagar $15, tanto a la ida como al retorno, por la primera pieza de equipaje que registren y $25, tanto a la ida como al retorno, por la segunda pieza registrada.

Equipaje de mano: 

Usted puede llevar una maleta, más un artículo personal por pasajero, siempre y cuando tome lo siguiente en consideración:
  • No supere las 40 libras (18 kg).
  • No supere las 45 pulgadas (al sumar longitud + ancho + alto).
Nota: Si viaja con baterias de repuestos de litio, estas deben de ir con los terminales cubiertos/aislados dentro del equipaje de mano.

Se considera artículos personales:
  • Carteras
  • Portafolio
  • Laptop (computadora portátil)
  • Mochila pequeña
  • Artículos similares, por ejemplo bolsones, que no excedan la medida de 36 pulgadas/91 cm lineales (largo + ancho + alto)
  • Otros artículos tales como:
    o Prendas exteriores, como abrigos / sombreros / pañoletas
    o Dispositivo de seguridad o asiento de infante aprobados para niños o infantes
    o Coche tipo paraguas para niños o infantes
    o Bolsa de pañales para niños o infantes
    o Libro o periódico
    o Bolsa pequeña de alimentos consumibles
    Dispositivos de asistencia para pasajeros, como sillas de ruedas, caminadores y máquinas CPAP "

Para embarcar un CPAP en Air Europa

Según su pagina oficial:

"TRANSPORTE DE EQUIPOS MEDICOS A BORDOEste subcapítulo es aplicable al transporte de los equipos médicos en las operaciones de vuelo de Air Europa, hacia, desde, dentro de los Estados Unidos (USA).

Normas para consulta


El transporte de mercancías peligrosas por vía aérea debe hacerse de acuerdo con lo estipulado en:

- La Reglamentación de los Estados Unidos (49 CFR Partes 171-180) o en las Instrucciones Técnicas de la OACI limitadas por el 49 CFR Parte 171 Subparte C. Los requisitos de 49 CFR 175 se aplican a todos los envíos entregados para su transporte por vía aérea hacia, desde o dentro de los Estados Unidos, incluyendo los envíos preparados de acuerdo con esta Reglamentación.

La Parte 175 contiene requisitos adicionales aplicables a cualquier persona que realice, intente realizar o se le pide que realice una función sujeta al 49 CFR y también a los pasajeros y la tripulación de los aviones.

- Instrucciones Técnicas de la OACI. Cuando se utilizan las Instrucciones Técnicas de la OACI para los envíos de mercancías peligrosas, el incumplimiento de estas Instrucciones Técnicas de la OACI y de todas las variaciones estadounidenses aplicables constituye una violación de la Reglamentación de los Estados Unidos.

Nota: La Reglamentación sobre Mercancías Peligrosas de IATA cumple con el Anexo 18 de OACI y las correspondientes Instrucciones Técnicas asociadas.
- SFAR 106 – Normas de uso para los concentradores portátiles de oxígeno a bordo de un avión.

- La Reglamentación de los Estados Unidos (14 CFR Parts 125 y 135). Uso de determinados concentradores portátiles de oxígeno a bordo de un avión.

- Departamento de Transporte. (14 CFR Parte 382) No discriminación en el transporte aéreo en base a la discapacidad.

- Departamento de Transporte. Federal Aviation Administration (14 CFR Part 121) Uso de concentradores portátiles de oxígeno a bordo de un avión.

- Información sobre pasajeros con discapacidad & Condiciones médicas: http://www.blogger.com/www.tsa.gov"

Para embarcar un CPAP en Easyjet

Según he encontrado por los foros:

"si vuelas con Eayjet necesitas un certificado medico para que sepan que lo necesitas y dejártela subir ( si la llevas fuera d la maleta) conRyanair necesitas un papel que se obtiene llamando al centro de atención especial de ryanair: www.ryanair.com/es/pre...to-de-cpap"

No he comprobado la veracidad pero os puede servir de ayuda.

Para embacar un CPAP en Ryanair

Según la pagina oficial de Ryanair:

"Si un pasajero sufre de apnea del sueño, podrá llevar consigo el aparato de CPAP y otro equipo complementario sin coste alguno. Sin embargo, no está permitido utilizar este material durante el vuelo.
Si el tamaño del aparato de CPAP no excede las dimensiones permitidas (55 cm x 40 cm x 20 cm), podrá llevarlo a bordo, aparte del equipaje de mano permitido. De lo contrario, deberá embalarse de forma adecuada para su transporte en la bodega del avión, aparte del equipaje facturado permitido.
Los aparatos electrónicos de CPAP se pueden transportar en nuestros vuelos. Sin embargo, si funcionan con baterías, estas no pueden ser derramables, con lo que debe incluirse una etiqueta en la parte exterior que indique “NONSPILLABLE” (no derramable) o “NON-SPILLABLE BATTERY” (batería no derramable). Si la batería no lleva dicha etiqueta, los miembros de la tripulación la tratarán como derramable y el aparato de CPAP no se podrá transportar.
Requisitos para viajar con un aparato de CPAP
Para poder transportar un aparato de CPAP en un vuelo de Ryanair, deben cumplirse los requisitos siguientes:
  • Los pasajeros que deseen subir un CPAP a bordo deberán notificárnoslo e indicar el modelo del aparato a través de la línea de asistencia especial de Ryanair. Deberán rellenar un cuestionario relacionado con el tipo y el modelo de CPAP. Una vez que se haya enviado a Ryanair y se apruebe el transporte del aparato, el pasajero recibirá una carta o correo electrónico de confirmación. Esta carta, junto con el aparato de CPAP y una carta en la que se certifique que el pasajero puede viajar deberán, presentarse en el mostrador de visados y documentación de Ryanair o en el mostrador de entrega de equipaje en los aeropuertos de embarque. Una vez inspeccionada la documentación y el aparato, la carta de confirmación se sellará según conformidad para viajar. A continuación, el pasajero podrá dirigirse a la puerta de embarque con el aparato. El pasajero también deberá presentar una carta en inglés con el membrete de su médico en la que se certifique que:
  • el usuario del aparato de CPAP está en condiciones para viajar. "

Para embarcar un CPAP en Continental Airlines

Según su pagina oficial:

"Los dispositivos personales electrónicos portátiles como ventiladores, respiradores y aparatos de presión positiva constante para vías respiratorias (CPAP) pueden llevarse y usarse a bordo de vuelos de Continental y Continental Micronesia si puede verificarse por la etiqueta del fabricante o de algún otro modo que cumplen con los requisitos aplicables de la FAA.
Se requiere una notificación de reservación (1 800 228 2744) con un mínimo de cuarenta y ocho (48) horas de anticipación para los pasajeros que usen un ventilador, respirador o aparato CPAP a bordo. La oficina de reservaciones comprobará que el aparato que piensa utilizar esté incluido en la lista vigente de aparatos aprobados, y le indicará el número de pilas que necesitará para el vuelo. Los pasajeros pueden ayudar si al momento de reservar proporcionan a Continental información del fabricante acerca del dispositivo y el cumplimiento de las regulaciones de la FAA.
Puede ser necesario aplicar algunas restricciones de asientos para cumplir con ciertas reglas de seguridad de la FAA.
Tenga presente que la alimentación eléctrica en los asientos de las aeronaves está disponible en un número limitado de aeronaves, y no hay garantía de que esté funcionando. Los vuelos operados por Continental Express y Continental Connection no cuentan con alimentación eléctrica en los asientos. Por lo tanto, los pasajeros deberán tener un suministro apropiado de baterías con carga completa para el vuelo, más tres horas de tiempo de batería adicionales. Continental también recomienda que los pasajeros viajen con suministros de respaldo operados manualmente en caso de fallas del equipo electrónico o demoras imprevistas.
Los ventiladores, respiradores y aparatos CPAP se consideran dispositivos de asistencia. Deberán almacenarse y usarse en la cabina para pasajeros, de conformidad con las normas vigentes de la TSA, la FAA y otros reglamentos referentes al equipaje de mano."

Para embarcar un CPAP en Air Transat

Según la pagina oficial de Air Transat:

"Se aceptará un dispositivo de presión positiva continua en las vías respiratorias ("Continuous positive airway pressure CPAP") a bordo si respeta las dimensiones permitidas para el equipaje de mano de 10 kg.
Debido al peso de estos aparatos, le rogamos llevar el mínimo de efectos personales necesarios para el vuelo en su equipaje de mano."

Para embarcar un CPAP en British Airways

Según la pagina oficial de British Airways :
  • No se necesita autorización médica para transportar o utilizar dispositivos CPAP (se usan en el tratamiento de la apnea del sueño), ya que no hay duda de que el paciente puede viajar.
  • Los dispositivos CPAP se pueden enchufar al conector para ordenadores portátiles, en caso de que lo haya, con un adaptador adecuado.
  • La potencia máxima de salida de este tipo de conectores para ordenadores portátiles es de 75 vatios; si su equipo consume más, se desactivará automáticamente.
  • No podemos garantizar el funcionamiento de ninguno de los puntos de conexión para ordenadores portátiles. Si tiene intención de usar uno durante el vuelo, recomendamos que lleve un dispositivo que funcione con pilas secas.

Para embarcar un CPAP en Vueling

Por experiencia propia  se que para embarcar un CPAP en Vueling hay que enviar un mail a certificados@vueling.com  solicitando embaracar un dispositivo medico personal y adjuntar un certificado medico y la pagina con las especificaciones del aparato (normalmente hay un PDF en la pagina del fabricante).
Recordar que hay que hacerlo antes de 72 horas del embarque como minimo.
Conservar el numero de asunto que figura en el mail que os enviaran de respuesta.

Para embarcar un CPAP en Iberia

Según la pagina oficial de  de Iberia indica:

"Los CPAP, concentradores de oxigeno y dispositivos respiratorios similares están permitidos siempre bajo supervisión del servicio médico de Iberia por lo que deberá contactar con antelación a la salida de su vuelo con el servicio de atención telefónica Serviberia o cualquier Oficina de Iberia. Tenga en cuenta, que no existen enchufes a bordo por lo que el dispositivo deberá ir provisto de baterías secas. Debido a seguridad en vuelo es posible que estos dispositivos tengan que ser desconectados durante el viaje por lo que sólo se aceptarán cuando la desconexión no interfiera en la salud del pasajero. "